¿Cómo adquirir cannabis de uso medicinal?

Escrito por Anden Naturals

Solo los médicos pueden prescribir el uso de los derivados del cannabis y la receta que expiden es válida únicamente por 30 días.

A finales de febrero de 2019 se publicó el reglamento de la Ley Nº 30681 [1], que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, marcando el punto de partida para la comercialización controlada y formal de los productos provenientes del cannabis para uso terapéutico.

Desde esa fecha, ya son casi 18.000 las personas inscritas en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios del Cannabis y sus Derivados para Uso Medicinal y Terapéutico (RENPUC).

Este padrón fue implementado para llevar un control minucioso de todos aquellos pacientes que, previa evaluación médica, están autorizados para adquirir y utilizar los productos derivados de cannabis para uso medicinal (cannabinoides), que pueden ayudar a paliar los efectos adversos que producen los tratamientos de diversas enfermedades oncológicas y degenerativas, gracias a sus comprobadas propiedades ansiolíticas, analgésicas, antiespasmódicas, antiinflamatorias entre otras.

Inicialmente fueron las farmacias de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) las primeras autorizadas a vender los derivados del cannabis, pero el año pasado se sumaron las principales cadenas de boticas del país, como Inkafarma y Mifarma (https://linktr.ee/ProductosAndenNaturals) y hace poco se agregó a esta red nuestra farmacia especializada Shop Anden, en Miraflores (2), que también atiende de modo virtual: https://shopanden.com/

Pero, aunque la comercialización de los productos derivados del cannabis es cada vez más frecuente, existe aún mucho desconocimiento sobre el trámite para poder acceder a estos productos.

A continuación, detallamos, paso a paso, el proceso a seguir:

1. Registrarse como paciente/usuario.

Es el paciente quien realiza la inscripción correspondiente en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios del Cannabis y sus Derivados para Uso Medicinal y Terapéutico, a través de una declaración jurada virtual en la que se deben anotar los datos básicos de identidad de la persona.

Este registro se ejecuta en el portal que el Ministerio de Salud ha implementado para tal fin. Para acceder a este formulario ingresar aquí .

Si el paciente no puede realizar esta inscripción por sí mismo, lo puede hacer el médico tratante a solicitud del paciente o también un familiar que actúa de cuidador del paciente. Cualquiera de los dos figurará como responsable de esta inscripción.

Al finalizar el trámite se generará un código de declaración jurada virtual que servirá para consultar los datos del paciente registrado, imprimir su declaración jurada o actualizar los datos del paciente o del responsable, cada vez que sea necesario.

2. Solicitar la receta médica

Según señala el reglamento de la Ley Nº 30681 (1), solamente un médico cirujano debidamente colegiado puede recetar cannabis de uso medicinal, la cual será una receta simple retenida para el caso de productos que contengan menos de 1% THC o en su defecto una receta especial

La receta simple  debe consignar de forma clara y precisa la siguiente información, según los lineamientos de una prescripción responsable:

a) Nombre y apellidos del médico cirujano que extiende la receta. Número de colegiatura, número de teléfono y dirección del establecimiento de trabajo, con especificación del distrito y la ciudad de residencia.

b) Nombre y apellidos, y número del DNI del paciente. Tratándose de extranjeros, deberá consignarse el número de pasaporte o del carné de extranjería.

c) Diagnóstico médico.

d) Nombre del derivado del cannabis para uso medicinal objeto de la prescripción con su Denominación Común Internacional (DCI), y marca del producto si la tuviera.

e) Concentración del principio activo (CBD, THC o combinación de ambos) en porcentaje y mg/mL y forma farmacéutica (aceite, extracto, fórmula magistral, etc.).

f) Posología, indicando el número de unidades por toma y día, así como la duración del tratamiento.

g) Lugar, fecha de expedición, firma y sello del profesional que prescribe.

Se debe tener presente que la vigencia de esta receta simple retenida  es de treinta (30) días, por lo que, si el tratamiento se extiende más allá de este periodo, es necesario solicitar una nueva receta pasado este plazo.

Para tener una cita con un médico especializado en uso de cannabinoides en diversos tratamientos médicos, puede visitar de modo virtual el consultorio Tu Aura, ingresando aquí .

3. Adquirir el producto derivado del cannabis terapéutico

Una vez ejecutada la inscripción en el registro de pacientes y con la receta emitida por el médico tratante, en original, copia o PDF virtual, los pacientes o sus familiares debidamente acreditados pueden acercarse a las farmacias de la DIGEMID o aquellas boticas acreditadas y autorizadas para adquirir los productos.

Pueden hacerlo en Anden Shop en calle José Gálvez 692. Miraflores, de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m.

Tener en cuenta que los farmacéuticos le solicitarán el DNI del paciente o responsable, su código de registro en Digemid y quedarse con el formato original de la prescripción.

Uso informado del cannabis medicinal

Como un esfuerzo complementario para apoyar el buen uso del cannabis terapéutico, el Ministerio de Salud ha elaborado también un documento técnico para la orientación sobre el uso medicinal del cannabis y sus derivados [3].

Esta directriz está dirigida principalmente a los médicos, como una guía para el uso informado de los cannabinoides. Basándose en la evidencia científica existente hasta el momento, el documento señala que el cannabis y sus derivados se recomienda utilizar para el manejo del dolor crónico de tipo neuropático y el dolor en pacientes con cáncer terminal; de igual manera, puede ayudar al control de las náuseas y vómitos refractarios, y al mismo tiempo se puede aplicar para tratar la epilepsia refractaria.

El documento de orientación enfatiza en la responsabilidad de los profesionales de la salud ante la emisión de una receta simple retenida o especial que dispone el uso de productos derivados del cannabis terapéutico, ya que al ser tan personalizado el tratamiento con cannabis medicinal, es importante el control meticuloso de las dosis prescritas y el tiempo que dura la medicación.

REFERENCIAS

[1] https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-n-30681-decreto-supremo-n-005-2019-sa-1744045-2/

[2] Calle José Gálvez 692. Miraflores, Lima – Perú. Teléfono: +51 991 604 408. Atención: lunes a viernes: 9am – 6pm.

[3] https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales/366571-1120-2019-minsa

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